DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación de autos presentado por el profesional del derecho ELIZABETH JOSEFINA CHIRINOS MOLERO DE CASTILLO, Defensora Pública Segunda Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, con sede en Cabimas, quien actúa con el carácter de Defensora del imputado JUAN BAUTISTA BERRIOS SÁNCHEZ, contra la decisión N° 2C-107-08, emitida en fecha veintinueve (29) de enero del año 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas.
SEGUNDO: Se REVOCA la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad impuesta al ciudadano JUAN BAUTISTA BERRIOS SÁNCHEZ, en fecha 29-01-08, mediante de.....