DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada BELKIS GONZÁLEZ, Defensora Pública Quinta Adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, extensión Cabimas, actuando en su carácter de defensora del ciudadano JOSÉ ELIÉCER ESCOBAR ESCOBAR, contra la sentencia condenatoria No.1J-002-2009, de fecha 23.01.2009, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia-Extensión Cabimas, en contra del ciudadano ya mencionado, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal y en consecuencia se CONFIRMA la sentencia recurrida.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias .....