En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en
nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, el recurso de apelación de auto, interpuesto por la profesional del derecho LESLIS MORONTA LOPEZ, quien actúa con el carácter de Defensora Privada del imputado HELISAUL DE JESÚS MONTIEL, contra la decisión Nº 2197-06, emitida en fecha veintinueve (29) de noviembre de 2006, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la cual se otorgó la Prorroga de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad solicitada por el Representante Fiscal, al ciudadano HELISAUL DE JESUS MONTIEL BRICEÑO, por un lapso de UN (1) AÑO, contados a partir del día catorce (14) de diciembre de 2006; y en consecuencia se CONFIRMA la decisión impugnada.
Regístrese, publíquese.
Dada, f.....