PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de autos interpuesto por los ciudadanos NORMA COROMOTO PORTILLO DE GARCIA, titular de la cédula de identidad N° V- 7.898.145, JOSE ANTONIO GARCIA ATENCIO, titular de la cédula de identidad N° V-3.372.786 y DEDSI BELIZA GARCIA PORTILLO, titular de la cédula de identidad N° V- 7.641.828, en su condición de victimas, asistidos por el profesional del derecho LUIS ENRIQUE VILCHES, instinto en el Inpreabogado bajo el N° 52.107, en contra de la decisión N° 997-21, de fecha 17 de diciembre del 2021, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Santa Bárbara.
SEGUNDO: A partir del día hábil siguiente a la presente fecha comienza a transcurrir el lapso de diez (10) días hábiles para dictar la decisión correspondiente, conforme lo prevé el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.