En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR los recursos de apelación de autos interpuestos, el primero por el abogado en ejercicio FRANKLIN GUTIÉRREZ, en su carácter de defensor privado de los ciudadanos FREDDY CABALLERO VASQUEZ, SIMÓN SEGUNDO SÁNCHEZ MOLINA, JEAN CARLOS MILLANO, ONILIO TERCERO MERCADO y ALCIDES JOSÉ PIRONA PARRA, y el segundo, por la abogada en ejercicio GISELA LÓPEZ ATENCIO, en su carácter de defensora privada del ciudadano BARDI JOSÉ PEROZO FERNÁNDEZ.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión N° 196-13, de fecha 17.01.2013, emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, bajo los términos establecidos en esta decisión. Todo de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal .....