II
DECISIÓN
Esta Sala Primera Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLINA LA COMPETENCIA del recurso de apelación de auto, interpuesto por la abogada MARÍA ALEXANDRA GONZÁLEZ, Defensora Pública Vigésima Octava de Indígenas y Penal Ordinario para la Fase de Ejecución, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, actuando con el carácter de defensora del ciudadano IGNACIO ENRIQUE GARCÍA, portador de la cédula de identidad No. 9.738.350, contra la decisión No. 560-12, dictada en fecha 17.10.2012, emitida por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual declaró sin lugar la solicitud de la defensa pública, en cuanto a la prescripción de la pena, en la causa seguida en contra del mencionado penado, por la comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA.....