En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por los abogados en ejercicio YOSUSSI HERNÁNDEZ y FRANCISCO HUMBRIA, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 99.826 y 55.995, con el carácter de defensores privados de los ciudadanos ALBERTO JOSÉ GUTIÉRREZ y LUIS JAVIER FINOL RODRÍGUEZ, contra la Decisión N° 8C-5700-07 de fecha veinticinco (25) de Octubre de 2007, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, con sede en el Municipio San Francisco, la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, a los referidos ciudadanos, por la presunta comisión de los delitos de OBTENCIÓN ILÍCITA DE DIVISAS AMERICANAS, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Contra Ilícitos Cambiarios, FALSIFICA.....