PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de autos interpuesto por los profesionales del derecho, PEDRO FRANCISCO BLANCO ROSALES, JHONNY ANTONIO MORALES NAVA y MONICA DEL CARMEN BERMUDEZ SUAREZ, inscritos en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo los Nros. 8.936, 57.287 y 57266, respectivamente, en su condición de defensores privados del ciudadano, JORSE JULIANO MUCCI ALVAREZ, contra la decisión signada bajo el N° 4C-471-2019, de fecha 22 de agosto del 2019, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas.
SEGUNDO: A partir del día hábil siguiente a la presente fecha comienza a transcurrir el lapso de diez (10) días hábiles para dictar la decisión correspondiente, conforme lo prevé el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.