V
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de autos presentado por los profesionales del derecho NUMAN VILLASMIL CHAVEZ, LEONARDO ZULETA AÑEZ y WILFFER JIMENEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo los No. 160.899, 135.989 y 202.799, respectivamente, en su condición de defensores de la ciudadana MARISOL DEL CARMEN ESIS HERNANDEZ, portadora de la cédula de identidad No. V.- 23.445.085.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión No. 745-13, de fecha 28.08.2013, emitida por el Juzgado Noveno de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad, a la precitada ciudadana, por la presunta comi.....