En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el recurso de apelación de auto, interpuesto por la abogada LUCY ROCIO BLANCO, Defensora Pública Trigésima Sexta Penal Ordinario, actuando con el carácter de defensora del ciudadano JUNIOR AMARIS VALENCIA, portador de la cédula de identidad N° V-26.348.220, contra la decisión N° 199-12, dictada en fecha dos (02) de Junio del año 2012, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual el referido Juzgado decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al antes mencionado ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado e.....