Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: DECLARA LA NULIDAD DE OFICIO de la sentencia Nro. 33-04 de fecha 04 de octubre del año 2004, dictado por el Juzgado de Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, por medio del cual, se condenó al ciudadano KERWIN JOSÉ MUÑOZ NEGRÓN, ya identificado a cumplir la pena de ocho años de presidio por la comisión del delito de Robo de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos
SEGUNDO: Se anula la sentencia impugnada.
TERCERO: se ordena la realización de un nuevo Juicio ante Juez de juicio de este mismo Circuito Judicial Penal, pero distinto al que emitió el pronunciamiento impugnado.