PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho LUIS BENITO PÉREZ PERDOMO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el No. 42.892, en su condición de defensor privado de los ciudadanos MARLON DE JESÚS LARES BLANCO, LEOPOLDO JOSÉ VALLES BAEZ, y KEVYN DE JESÚS LARES GARCÍA
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión No. 897-15, de fecha 22.08.2015, emitida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los mencionados imputados, por la presunta comisión de los delitos de LEGITIMACIÓN DE CAPITALES, previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el .....