Por los fundamentos expuestos esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: ADMISIBLE, el recurso de apelación que interpusiera el ciudadano EDELBERTO TULIO CARDOZO PEREZ, asistido por el Profesional del Derecho ciudadano ABOG. JOSE CARDOZO MONTIEL, contra el auto N° 1261-03 de fecha 12 de Agosto de 2003, dictado por el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual ACUERDA NEGAR LA ENTREGA MATERIAL DEL VEHICULO MARCA. CHEVROLET, MODELO C-10, CLASE: CAMIONETA, AÑO 1982, COLOR VERDE, TIPO PICK-UP, USO CARGA, PLACAS 009-XFY, SERIAL DE CARROCERIA CCD14CV235412.