En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana YOMAIRA JOSEFINA DELGADO ESPINA, asistida en este acto por el abogado en ejercicio DANIEL OLMOS TORRES, inscrito en el Inpreabogado con el N° 25.457, contra la Decisión N° 551-07 de fecha dieciséis (16) de Mayo de 2007, emanada del Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, la cual "negó por improcedente en derecho" la entrega del vehículo marca Honda, modelo CGL 125 Honda, clase Moto, tipo Paseo, color Negro, serial de carrocería LWBPCJ1F454A40932, serial de motor WH156MI-205M7405, año 2006, uso Particular, placas S/N, a la referida ciudadana.
SEGUNDO: Se REVOCA la Decisión N° 551-07 de fecha dieciséis (16) de Mayo de 2007, dictad.....