DECISIÓN
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por el profesional del derecho DENNYS GONZÁLEZ TRAVEZ, quien actúa con el carácter de Defensor Privado del imputado PEDRO GONZÁLEZ CHACÍN, contra la decisión N° 4235-08, de fecha veintinueve (29) de Agosto del año 2008, emitida por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 4235-08, de fecha veintinueve (29) de Agosto del año 2008, emitida por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante el cual se decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del mencionado ciudadano, por la pre.....