PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación de auto, interpuesto por los profesionales del derecho FRANCISCO GONZÁLEZ YAMARTE, inscrito en el Instituto de Previsión social del Abogado (Inpreabogado) bajo el No. 47.872 y REINA DÁVILA CHIRINOS, inscrita en el Instituto de Previsión social del Abogado (Inpreabogado) bajo el No. 71.305, actuando con el carácter de defensores privados del ciudadano JESÚS PARRA VERA; contra la decisión signada con el No. 137-15, de fecha 24.09.2015, emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión No. 137-15, de fecha 24.09.2015, emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual declaró sin lugar la solicitud de decaimiento de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, impuesta al acusado JESÚS PARRA VERA.
TERCERO: SE ACUERDA Medida Cautelar Su.....