PRIMERO: LA NULIDAD DE OFICIO DEL ACTO DE LA AUDIENCIA ORAL, efectuada en fecha 15 de Septiembre del 2017, por ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, en la cual mediante decisión N° 3C-1061-2017, fijo un plazo prudencial de sesenta (60) días, para que concluyera la investigación el Ministerio Publico en la causa seguida en contra de los imputados YAMAL CHATAY, MARWEN SALMAN CHATY PERAZA, CARLINA MENDOZA REVILLA, WILLBAR VALENTINE CHEVERRIA FERNANDEZ, y ARELIS CHIQUINQUIRA QUERO REYES, por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO ILICITO DE MATERIALES ESTRATEGICO y ASOSCIACON PARA DELINQUIR, previstos y sancionados en los artículos 34 y 37 de la Ley Orgánica Contra la delincuencia Organizada y Financiamiento, cometido en perjuicio de la empresa PDVSA, PETROLEOS DE VENEZUELA, adicional para los imputados WILLBAR VALENTINE CHEVERRIA FERNANDEZ y ARELIS CHIQUINQUIRA QUERO REYES, por .....