En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por el abogado en ejercicio GUILLERMO VILLALOBOS URDANETA inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 141.782, en su condición de Apoderado Judicial de la Alcaldía del Municipio Maracaibo, contra la decisión N° 883-12, de fecha 10-09-2012, emitida por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la entrega del vehículo Marca: Ford, Modelo: Ranger, Placas: 35VTAF, Año: 2007, Color: Azul, Serial de Carrocería: 8AFDR12AX7J056821, Serial del Motor: 7J056821, Clase: Camioneta, Tipo: Pick-up, Uso: Carga; a la Alcaldía del Municipio Maracaibo, en consecuencia, se CONFIRMA la decisión recurrida. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 45.....