Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se DECLARA LA NULIDAD DE OFICIO de la Sentencia N° 032-10, de fecha 17 de Junio de 2010, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Santa Bárbara, la cual condenó al ciudadano NOE NERIO GARCÍA FERNÁNDEZ, a cumplir la pena de tres (03) años, seis (06) meses y veinte (20) días de prisión, más las penas accesorias de ley; por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de YOFRE ALEXIS MORA RAMÍREZ, y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 281 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.
SEGUNDO: Se ORDENA la.....