En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR los recursos de apelación de auto interpuestos, por la abogada en ejercicio MISLEIDY CARRASQUERO, en su carácter de defensora privada de los ciudadanos ROSARIO GARCÍA PEÑALVER, FERNANDO GONZÁLEZ PUCHAINA, OVILIO FULGENCIO PACHECO BELTRAN, JEAN CARLOS BELTRAN URARIYU, y DEMECIO RAMÍREZ PUCHAINA, y por el abogado en ejercicio FERNANDO BRACHO, en su carácter de defensor privado de los ciudadanos LUIS ALBERTO PALMAR y OVILIO FULGENCIO PACHECO BELTRAN.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión N° 2C-1669-2012, de fecha 17.11.2012, emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad en contra de los menciona.....