En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogado MAYRENE MIQUELENA, actuado con el carácter de Fiscal Quinta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en contra de la decisión Nro. 574-06 de fecha 15 de septiembre de 2006, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, toda vez, en sana hermenéutica procesal ha operado una perdida del interés procesal que dio origen a la interposición del recuso interpuesto. Y ASÍ SE DECIDE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, Sala Primera, en Maracaibo, a los seis (06) días del mes de noviembre de 2006. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federac.....