DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Ángela Brito, asistida por la profesional del derecho María Alejandra Montilla Romero, actuando en representación del ciudadano Jesús Rafael Aponte, todos plenamente identificados en autos; en contra de la decisión No. 106-09, de fecha 06.07.2009, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual negó la entrega del vehículo MARCA: CHEVROLET; MODELO CAPRICE; PLACA: ARS-875; SERIAL DE CARROCERÍA: 1N694BV110705; SERIAL DEL MOTOR: KO329ADD; AÑO: 1981 COLOR: DORADO Y BLANCO, CLASE: AUTOMÓWL; TIPO: SEDAN; USO: PARTICULAR; todo ello, a tenor de lo dispuesto en el literal "a", del artículo 437 del.....