Por los fundamentos expuestos esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto en contra de la decisión Nro. 10C-88-04, de fecha 26 de marzo de 2004, dictada por el Juzgado de Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual decretó el SOBRESEIMIENTO de la causa Nro. 10C-88-04 acordando la entrega del vehículo marca: FIAT, modelo: PREMIO CS ELEGA, color: PLATA, año: 1997, tipo: SEDAN, clase: AUTOMÓVIL, uso: PARTICULAR, serial del motor: 4673112, Serial de Carrocería: ZFA1550000V023016, placas VAI-52W, a la ciudadana FENICIA PEREIRA QUINTANA