IV
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho Abog. PETRA MARGARITA AULAR, Defensora Pública Décima Octava, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, actuando en su carácter de Defensora de la ciudadana JESSICA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, contra la decisión Nro. 005-06, de fecha 08 de enero de 2006, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se decretó la imposición de la Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, prevista en los numerales 3 y 4 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal,; y en consecuencia se CONFIRMA la de.....