V
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: LA NULIDAD DE OFICIO de la decisión 2C-1380-12, dictada en fecha 11.10.2012, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual negó las órdenes de aprehensión de los ciudadanos ALEJANDRO DE JESÚS MARTÍNEZ GALUÉ y ÁNGEL DE JESÚS ALMARZA FUENMAYOR, y orden de allanamiento para ingresar a la vivienda ubicada en el sector Ayacucho, Calle 79G, con avenida 82 A, Casa No. 79F-110, Parroquia Raúl Leoni, Maracaibo, estado Zulia, solicitadas por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y los actos procesales subsiguientes a la misma.
SEGUNDO: SE ORDENA la celebración nuevamente de la audiencia de presentación por.....