DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de
Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la república y Por Autoridad de la Ley Declara:
1) CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho Abog, PETRA MARGARITA AULAR, defensora Pública Décima octava Penal Ordinario, adscrito a la Unidad de la defensa Pública del estadio Zulia, procediendo en su carácter de defensora del acusado HERNAN JUNIOR LUZARDO URBINA, y por vía de consecuencia ANULA la sentencia N° 014-00 de fecha 26 de Mayo de 2005, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, por medio de la cual Condena al citado ciudadano HERNAN JUNIOR LUZARDO URBINA, como co-autor del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código penal, y lo Absuelve por la comisión del delito de LESIONES GRAVES EN GRADO DE COMPLICID.....