PRIMERO: SIN LUGAR los recursos de apelación de auto, interpuestos, el primero de ellos, por la profesional del derecho JARGELIA KARINA FERNÁNDEZ SULBARAN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el No. 98.005, actuando con el carácter de defensor privado del ciudadano SEGUNDO DAVID VALERO VILCHEZ, y el segundo interpuesto por la profesional del derecho ANALIDES LUZARDO POLANCO, Defensora Pública Auxiliar con Competencia Plena y Nacional Encargada en la defensoría vigésima primera penal ordinario, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, actuando como defensora del ciudadano CARLOS WILFREDO PARRA, indocumentado.
SEGUNDO: CONFIRMA el fallo No. 894-15, de fecha veintiuno (21) de Agosto de 2015, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 442 tercer aparte del Código Orgánico Procesal Penal. A.....