Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA PRIMERA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación de Sentencia propuesto por el abogado en ejercicio JORGE VALDEZ CUELLAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.089, con el carácter de defensor privado del ciudadano YAMPIER JOSÉ VELÁSQUEZ GUDIÑO, contra la Sentencia N° 8J-020-09, de fecha 19.06.09, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, sólo con relación a la tercera denuncia contenida en el escrito recursivo, referida al grado de participación del ciudadano YAMPIER VELÁSQUEZ, en la comisión del delito juzgado. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el único aparte del artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordanc.....