DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Edward José Ocando Viloria, asistido por el profesional del derecho Enith Contreras de Arteaga, en contra de la decisión No. 131-2010, de fecha 18.02.2010, dictada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se negó la entrega del vehículo MARCA: CHEVROLET, MODELO: GRAND VITARA, AÑO: 2004, COLOR VERDE, CLASE: CAMIONETA, TIPO: SPORT WAGON, USO: PARTICULAR, PLACAS: VCW54X, SERIAL DE CARROCERÍA: 8ZNCJ138X4U335983; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el literal "b" del artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Ap.....