PRIMERO: INADMISIBLE EL PARTICULAR TERCERO de la incidencia recursiva interpuesta por los abogados en ejercicio SERGIO FERMIN y FRANCISCO PÍRELA, en su carácter de defensores del ciudadano BRIAN ENRIQUE VALERA CHIRINOS, contra la decisión N° 1220-17, dictada en fecha 23 de noviembre de 2017, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, a tenor de lo establecido en el artículo 250 en concordancia con el artículo 428 literal "c" ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMISIBLES EL PRIMER Y SEGUNDO PUNTO contenidos en el recurso de apelación presentado por la defensa del procesado de autos, ciudadano BRIAN ENRIQUE VALERA CHIRINOS, referidos a la falta de motivación del fallo, y a la admisión de las pruebas promovidas por el Ministerio Público.