DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR INIMPUGNABLE el recurso de apelación de auto interpuesto por el profesional del derecho ALBERTO JOSÉ GUANIPA, quien actúa con el carácter de Defensor del acusado NERIO RAMÍREZ SÁNCHEZ, contra decisión N° 1538-09, de fecha catorce (14) de Diciembre del año 2009, emitida por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia; todo de conformidad con lo establecido en el criterio jurisprudencial emitido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Sentencia N° 1303, de fecha 20-06-05, en concordancia con los artículos 264, 436 y 437 literal "c" del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese y remítase la presente causa en la oportuni.....