DECISIÓN
Por las consideraciones que anteceden, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Zulia, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley: DECLARA: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del Derecho NANCY RUIZ TOLOSA, con el carácter de defensora del imputado YORDANO JOSE ZAMBRANO MORAN, contra de la decisión dictada en fecha 08 de Diciembre de 2003, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Nro: 11 del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual decreto medida de privación judicial preventiva de libertad, por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA Y PORTE ILICITO DE ARMA, previsto y sancionado en los artículos 460 y 278 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano EGAR NASSIN NAME BLANCO.