PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho JUNO ADOLFO COBA HERNÁNDEZ y ALECKSSON DANIEL URRIBARRI VERA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo los Nos. 169.117 y 176.541, respectivamente, en su condición de defensores privados del ciudadano KLEYDER ENRIQUE OJEDA HERNÁNDEZ.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión No. 494-14, de fecha 26.05.2014, emitida por el Juzgado Sexto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del mencionado imputado, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en los artículos 406 numeral 1 del Código Penal, en concordancia con los artículo.....