V
DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: SE DECLARA LA NULIDAD DE OFICIO de la decisión dictada por el Juzgado Septimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual declara improcedente la solicitud de entrega del vehiculo clase CAMION, Tipo CAVA, marca FORD, modelo F-350, serial de carrocería F37YUU88479, serial del motor 8 CILINDROS, placas PC5059, uso CARGA, año 1974, color BLANCO, a la ciudadana CARMEN CAMBAR, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículos 190, 191, 195 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ordena que la solicitud de entrega del vehiculo objeto del presente recurso de apelaci.....