PRIMERO: ANULAR DE OFICIO la decisión de fecha 02 de diciembre de 2020, emanada del Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, toda vez que han violentado derechos de rango constitucional, como el debido proceso y la tutela judicial efectiva, existido además, un trámite procedimental errado al establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, puesto que no se dio cumplimiento al artículo 5 del Código Orgánico Procesal Penal; decisión que dictamina esta Alzada a tenor de la aplicación del sistema de las nulidades contemplado en los artículos 174 y 180 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ORDENA a la Instancia, realizar un nuevo pronunciamiento, para resolver la solicitud del ciudadano MIGUEL ÁNGEL CARRASQUERO CARRILLO, en cuanto a la exoneración del pago por concepto de pago de los gastos de estacionamiento judicial, prescindiendo de los vicios detectados por esta Alzada en la decisión anulada.