En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación presentado por los abogados en ejercicio LORENA MONTERO GUERRA y ROMER ROMERO MARTÍNEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 149.744 y 87.188, respectivamente, actuando con el carácter de Representantes Judiciales de la víctima SUCESIÓN ROMERO MARTÍNEZ, en las personas de CARMEN JOSEFINA ROMERO MARTÍNEZ DE ALVÁREZ, RAÚL ÁNGEL ROMERO MARTÍNEZ y ROMER ANDRÉS ROMERO MARTÍNEZ.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la Sentencia No. 033-12, de fecha 30.07.2012, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual ABSOLVIÓ al ciudadano RICARDO ALBERTO GARCÍA PADRÓN, portador de la cédula de identidad No. 3.927.479, por considerarlo inculpable en.....