Por los fundamentos expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Apelación de autos presentado por el abogado en ejercicio FRANCISCO QUINTERO BOTELLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.246, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana KERLY JOSEFINA SÁNCHEZ CALDERA, portadora de la cédula de identidad N° 15.193.843, contra la Decisión N° S-069-09, de fecha siete (07) de Abril de 2009, emitida por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, la cual negó la entrega del vehículo marca: Chrysler, modelo: Lebaron, tipo: Sedan, uso: Particular, clase: Automóvil, color: Verde, placas: XXK-313, serial de carrocería: 8C3AU5630PY075991, serial de motor: 6 cilindros, año: 1993, a la ciudadana en mención; todo de co.....