PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de autos interpuesto por la profesional del derecho LICET REYES BARRANCO, Defensora Pública Provisoria Vigésima Quinta Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, en su carácter de defensora del ciudadano JAIME JOSE CARRUYO TOLEDO, titular de la cédula de identidad N° V- 16.918.745, contra la decisión N° 011-23, dictada en fecha 18 de enero de 2023, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: A partir del día hábil siguiente a la presente fecha comienza a transcurrir el lapso de diez (10) días hábiles para dictar la decisión correspondiente, conforme lo prevé el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.