PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de autos presentado por los abogados JHOSELINE SALAZAR SEGOVIA y ALI ALBERTO MORALES AVILE, en su carácter de Fiscales Principal y Auxiliar Vigésimos Séptimos del Ministerio Público de la Circunscripción del Estado Zulia, con Competencia en Materia de Ejecución de la Sentencias.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión No. 819-2014, de fecha 9.10.2014, emitida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual otorgó el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al penado JHON ENRIQUE CASAS ROMERO, quien se encuentra condenado a cumplir la pena de cinco (5) años de prisión, por la comisión del delito de EXTORSIÓN, en perjuicio de la ciudadana GEORGINA ROSARIO TORRES, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal.