IV
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho HAILET MEDINA GONZÁLEZ y CARLOS LUIS INFANTE, quienes actúan con el carácter de Fiscal Vigésimo Quinto (E), Vigésimo Sexto y Auxiliar Vigésimo Sexto del Ministerio Público.
SEGUNDO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la Profesional del Derecho, Abogada EDITH BERRIOS DE DEL MORAL, quien actúa con el carácter de Defensora de la ciudadana MIREN ISABEL ZABALA VITORIA, ya identificada.
TERCERO: Se ANULA, la decisión 1.072-05, de fecha 06 de Junio del año 2005, dictada por el Juzgado A quo, mediante la cual se declaró necesaria la celebración de la Audiencia Preliminar, fijada en la presente causa, con la comparecencia de.....