PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las profesionales del derecho ELIZABETH CHIRINOS MOLERO DE CASTILLO y LIZ DANIELA LÓPEZ, Defensora Pública Provisoria Segunda y Defensora auxiliar segunda, respectivamente, Penal Ordinario para la fase del proceso, adscritas a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, en su condición de defensoras del ciudadano NEVER GREGORIO MENDEZ RANGEL.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión No. 839-15, de fecha 17.07.2015, emitida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del mencionado imputado, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EJECUTADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, cometido en perjuicio de quien en vida.....