PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho MIGUEL FERNÁNDEZ PÉREZ y MAYRIN ATENCIO, en su carácter de Fiscal Provisorio Septuagésimo Quinto Nacional y Fiscal Auxiliar Interina Septuagésima Quinta Nacional del Ministerio Público, con Competencia en Régimen Penitenciario y Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, respectivamente, contra la decisión N° 221-22, de fecha 02 de junio de 2022, emitida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
SEGUNDO: REVOCA la decisión impugnada, lo cual no obsta, para que los penados una vez que presenten los soportes correspondientes la Jueza de Instancia pueda fundadamente acordar el permiso especial de viaje, preferiblemente luego de tramitado el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena