PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de auto interpuesto por las profesionales del derecho DUBRASKA CHAVEZ y MARIANELA DEL CARMEN RAMIREZ, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo los Nos. 140.620 y 145.661, respectivamente, en su condición de defensoras privadas del ciudadano RAFAEL ANTONIO RAMIREZ LINARES.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión No. 453-16, de fecha 14.05.2016, emitida por el Juzgado Noveno de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.