Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado JOSE RAMON BERRUETA FERNANDEZ titular de la cédula de identidad N° 22.454.104, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, soltero, mecánico, de 24 años de edad, hijo de Elsi Fernández y Josè Berruela, residenciado en el sector El Marite, Barrios Miraflores, avenida 112, casa Nº 79-88, al lado del Taller Águila, Maracaibo Estado Zulia de conformidad con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, fijándole un plazo de régimen de prueba por el lapso de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES contados a partir de la presente fecha, la cual terminará de cumplir el día 26-04-2009.- Regístrese la presente decisión. Líbrese las correspondientes Boletas de Notificación a las par.....