Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA A LA PENADA MIRIBETH DEL CARMEN GONZALEZ, venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, casada, titular de la cédula de identidad Nro. 12.100.154 hija de Venusti Soto y Myriam González (d), residenciada en Cumbres de Maracaibo, Colonia San Juan, planta baja, Apartamento PB-3, Maracaibo, Estado Zulia, EL BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, de conformidad con lo establecido en los artículos 494 y 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal