Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley REVOCA EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO, al penado: ONELIO ENRIQUE ZAMORA MARQUEZ de Nacionalidad Venezolana, natural de la Cañada de Urdaneta, titular de la cédula de identidad N° 14.305.131, residenciado en Pasando la Cañada de Urdaneta, carretera vía Barranquita antes de llegar a la alcabala el crucero, se encuentra a la derecha una caseta de vigilancia, allí cruzando a la derecha, entrando por un camino de tierra, pasando por el frente de la hacienda El Amparo a dos kilómetros aproximadamente, hasta llegar a la hacienda la Argentina, y fue Condenado por Sentencia dictada por la Sala Accidental Segunda de Reenvió para el régimen Procesal transitorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial penal del Área Metropolitana, condenándolo a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, por con.....