Por las razones y fundamentos expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO al penado JUAN BAUTISTA QUINTERO, de nacionalidad venezolana, natural de Cabimas; Estado Zulia, titular de la cedula de identidad Nº 11.251.515, hijo de José Nava y Minerva del Carmen Quintero, domiciliado en la carretera F, Avenida 24, casa S/N, Sector Tía Juana, Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia. Regístrese la presente decisión. Líbrese boleta de excarcelación y remítase con oficio al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo. Notifíquese.-