Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda OTORGAR, al penado JUAN CARLOS GAVAY, Cédula de Identidad V-11-302.221, venezolano, Natural de Casigua El Cubo, Estado Zulia, de 40 años de edad, fecha de nacimiento 21-06-65, casado, hijo de Félix Maldonado y Edilia Gavay, residenciado en Casigua, El Cubo, Municipio Jesús Maria Semprún, Estado Zulia; quien fue condenado en fecha 08-06-05 por el Juzgado Primero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Barbara, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS, NUEVE (09) MESES DE PRESIDIO, por el delito de HOMICIDIO SIMPLE, previsto y sancionado en el Artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano que en vida respondiera al nombre ROISMAR JHONATTAN MARQUEZ; como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena, la LIBERTAD CONDICION.....