DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA el traslado del penado GILBERTO ANTONIO MOLINA OCHOA, titular de la cedula de identidad no porta, de nacionalidad Venezolana, natural de Santa Bárbara del Zulia, Municipio Colon del Estado Zulia, de 23 años de edad, soltero, Chofer, hijo de Arcilla Ochoa y Luis Molina, residenciado en el Barrio Altos de Santa Bárbara, calle 11, casa sin numero a dos casas de la Bloquera de Eduardo, Santa Bárbara, Estado Zulia, actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo al Centro Penitenciario de la Región Andina en el Estado Mérida, en el cual permanecerá recluido. En tal sentido, se acuerda oficiar al Director del Centro Penitenciario de la Región Andina en el Estado Mérida y al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo, a los fines de notifica.....