DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, OTORGA a la Penada SERVIO ANTONIO PALMAR INCIARTE, de nacionalidad Venezolana, natural El Mojan Estado Zulia, titular de la cedula de identidad N° 19.207.488, mayor de edad, residenciado en el Barrio La Chinita Calle No. 6 Casa s/n, Municipio Maracaibo Estado Zulia, actualmente recluida en la Cárcel Nacional de Maracaibo, ampliamente identificada en actas como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena el DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO O REGIMEN ABIERTO en el Centro de tratamiento Comunitario "INSP. RAFAEL OCHOA CASTRO", ubicado en esta Ciudad, todo de conformidad con los Artículos 479 Ordinal 1°, en concordancia con el Artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, Publíquese, Regístrese, Notifíquese.
EL JUEZ SEXTO DE EJECUCION,
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